Incendios y riesgos diversos (IRD)
Cuantificación de daños materiales y ajuste
Valoración pericial de daños materiales tras un siniestro: criterios, precios de mercado y ajuste con la compañía aseguradora.
Cuando se ha producido un siniestro, la aseguradora suele proponer una indemnización a partir del informe de su propio perito. Si esa cifra no refleja el daño real, el asegurado puede aportar un informe pericial independiente que cuantifique con criterio técnico el coste de reparación o reposición.
La cuantificación no es solo una lista de precios: implica describir el daño, delimitar lo consecuente, aplicar criterios de mercado y justificar cada partida.
Qué se valora
El informe distingue con claridad:
- Daño estructural y constructivo.
- Daño en instalaciones (eléctrica, fontanería, climatización).
- Daño en acabados (pintura, suelos, carpintería).
- Daño en contenido: mobiliario, electrodomésticos, enseres.
- Daño consecuente: limpieza, secado, medidas de urgencia.
En algunos casos también se incluyen pérdidas de uso o alojamiento provisional, siempre que estén contempladas en la póliza.
Criterios de valoración
Los precios se apoyan en:
- Presupuestos de mercado de la zona.
- Bases de precios de la construcción actualizadas.
- Facturas reales, cuando existan.
- Estado y antigüedad del bien afectado.
- Depreciación aplicada, si corresponde por póliza.
Cada partida se documenta con criterio para que la compañía o el juzgado puedan revisarla sin ambigüedad.
Cuándo aparece la discrepancia
La discrepancia con la aseguradora suele producirse por:
- Diferencias en el alcance del daño reconocido.
- Aplicación de precios inferiores al coste real de reparación.
- Depreciación excesiva sobre bienes casi nuevos.
- Partidas omitidas por el perito de la compañía.
- Interpretación restrictiva de las coberturas de la póliza.
El informe pericial independiente enumera cada diferencia con explicación técnica, no con afirmaciones genéricas.
Documentación útil
- Póliza, condiciones generales y particulares.
- Informe del perito de la compañía, si existe.
- Fotografías del siniestro y del estado previo.
- Facturas, tickets y documentos de compra del contenido.
- Presupuestos de reparación solicitados por el asegurado.
Ajuste con la aseguradora
En ocasiones, tras aportar el informe, la compañía revisa su oferta y se llega a un acuerdo. Otras veces, la controversia continúa y se activa el procedimiento de peritación contradictoria previsto en la Ley de Contrato de Seguro. En ese punto, la coordinación con abogado resulta necesaria.
Limitaciones del informe
El informe cuantifica el daño. No fija la indemnización, que depende de la póliza contratada. Si hay dudas sobre coberturas, franquicias o exclusiones, la interpretación jurídica corresponde a la asesoría legal.
Siguientes pasos
- Consulte el proceso completo.
- Revise la especialidad IRD.
- Contacte desde contacto o el centro de ayuda.
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