Tasaciones inmobiliarias periciales

Tasación pericial para herencia y adjudicación de bienes

Valoración de inmuebles en herencia: reparto entre herederos, aceptación, adjudicación y soporte en procedimientos de división judicial.

La valoración pericial de inmuebles en una herencia sirve para repartir el patrimonio entre los herederos con criterios técnicos, para adjudicar bienes de forma equilibrada o para respaldar decisiones en un procedimiento de división judicial. El informe describe el inmueble, aplica una metodología razonada y ofrece un valor a fecha concreta. Las cuestiones jurídicas relativas a la aceptación, colación o legítimas corresponden al abogado o al notario.

Situaciones habituales

Reparto extrajudicial entre herederos

Cuando los herederos acuerdan repartir la masa hereditaria sin acudir a juicio, la tasación pericial ofrece una referencia técnica sobre la que negociar la adjudicación de inmuebles o la compensación entre partes.

División judicial de patrimonio hereditario

En procedimientos judiciales de división de patrimonio, el informe pericial se aporta como prueba y puede completarse con una intervención posterior si el juzgado lo requiere.

Aceptación de herencia a beneficio de inventario

En este supuesto, la valoración de los bienes forma parte del inventario y puede requerir informes técnicos que la respalden.

Alcance del informe

  • Descripción del inmueble y comprobaciones registrales y catastrales.
  • Fecha de referencia adaptada al caso (fallecimiento, reparto, acuerdo).
  • Metodología aplicada y justificada.
  • Valor razonado del inmueble.
  • Documentación gráfica: fotografías y planos si procede.

Fecha de referencia del valor

La fecha del valor puede coincidir con el fallecimiento del causante, con la fecha del acuerdo entre herederos o con la fecha del informe, según el uso. Esta cuestión se acuerda al inicio del encargo y suele confirmarse con el abogado o notario.

Documentación útil

  • Certificado de defunción y de últimas voluntades cuando estén disponibles.
  • Escritura de propiedad de los inmuebles.
  • Nota simple registral actualizada.
  • Datos catastrales.
  • Testamento o cuaderno particional si existe.

Qué no cubre este informe

  • No sustituye la asesoría del abogado ni del notario en cuestiones sucesorias.
  • No decide reparto, legítimas ni cuotas hereditarias.
  • No es una tasación hipotecaria bancaria.

Si su caso combina varios inmuebles, negocios o bienes muebles de valor, conviene indicarlo desde el primer contacto para acotar el alcance del encargo.

Siguientes pasos

¿Su duda depende del caso concreto?

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